PROTOCOLO
DE AGRESIÓN ESCOLAR
Violencia
Es
el tipo de interacción entre sujetos que se manifiesta en aquellas
conductas o situaciones que, de forma deliberada, aprendida o
imitada, provocan o amenazan con hacer daño o sometimiento grave
(físico, sexual, verbal o psicológico a un individuo o a una
colectividad; o los afectan de tal manera que limitan sus
potencialidades presentes o las futuras. Puede producirse a través
de acciones y lenguajes, pero también de silencios e inacciones.
La
violencia puede ser:
-
Físico: Como golpes, cachetadas, patadas, empujones, heridas causadas con algún objeto, entre otras acciones.
-
Verbal y emocional: Gritos, insultos, desprecio, mentiras, sarcasmos, burlas, falta de respeto a creencia e ideas, falta de respeto a la privacidad, exponer emocionalmente a la víctima a los demás, entre otros.
-
Sexual: violencia verbal dirigida al sexo, piropos obscenos, propuestas indecentes, entre otros.
Para
abordar los problemas de convivencia escolar es necesario aclarar que
en la cotidianidad de la escuela / liceo, no todo lo que ocurre puede
ser llamado violencia, agresión o bullying. En
tal sentido, es conveniente comprender que en todo ser humano existe
una cuota de agresividad
natural, que es
de orden instintivo, como una defensa ante una situación de riesgo,
lo que se diferencia de una agresión desmedida o calculada para
provocar daño a otro; a esto último, lo llamamos violencia.
En
el ámbito escolar, muchas veces los niños, niñas y jóvenes
responden con cierto grado de agresividad a molestias
pasajeras de sus
compañeros ya sean de orden físico (un empujón, un manotazo) o de
orden verbal (una mala palabra, una broma con doble sentido). En la
mayoría de los casos no hay intención de causar daño ni alcanza a
constituir un conflicto; es parte de la vida habitual de niños,
niñas y jóvenes en pleno desarrollo físico, psíquico, emocional e
intelectual.
La
agresividad tiene una base natural que no debe ser eliminada sino
encausada, educada y formada conforme a principios y valores.
I.-
PROCEDIMIENTO PARA AGRESIÓN ENTRE ESTUDIANTES DE KINDER A SEXTO
BÁSICO:
Si
la agresión ocurriese dentro del aula:
-
Si la agresión es de carácter verbal:
1.
El profesor que detecte dicha agresión deberá contener a los
alumnos involucrados y dejar el registro en la hoja de vida de los
estudiantes.
2.
Luego deberá citarlos a entrevista para realizar diálogo reflexivo
con ambos y mediar para que los alumnos puedan llegar a un consenso.
3.
El profesor Jefe o de asignatura que visualizo la agresión, en caso
de que exista un consenso y ambos alumnos lleguen a un acuerdo,
deberá dejar registro escrito del compromiso con firma o nombre de
puño y letra de los alumnos. En el caso de que se necesiten testigos
se entrevistaran de igual manera dejando toda evidencia de testimonio
en hoja de entrevista o el libro de Convivencia Escolar.
4.
En el caso de que un profesor de asignatura visualice la agresión
verbal, deberá informar vía telefónica y a través de una
comunicación escrita a los padres lo sucedido, mencionando el
acuerdo realizado por los estudiantes, e indicando que en caso de no
respetar dicho compromiso se les citará para evaluar una sanción
formativa con su hijo-a. Si fuese el profesor Jefe quién detecta la
agresión deberá seguir el mismo procedimiento.
5.
El profesor de asignatura en caso de que así fuese, deberá informar
dicha situación al profesor Jefe, quién deberá realizar diálogo
reflexivo en conjunto con el grupo curso informando también el
compromiso adquirido, por sus compañeros respecto dicha situación.
Se debe dejar registro del diálogo grupal en el libro de clases
(observaciones generales del curso).
6.
Si alguno de los alumnos involucrados, no cumpliese con dicho
compromiso escrito, el profesor de asignatura o el profesor Jefe
deberán, citar a entrevista a ambos alumnos, e informar al Encargado
de Convivencia Escolar, quién en conjunto con el Equipo de la Sana
Convivencia determinaran una sanción formativa para el o los
estudiantes que hubieren roto dicho acuerdo. Dejando registro escrito
en hoja de atención o libro de convivencia.
7.
El profesor Jefe o de asignatura deberá citar a los apoderados
correspondientes para informar dicha sanción y solicitar
colaboración para reforzar valores como el respeto, tolerancia,
compañerismo así como también sus habilidades sociales. Toda
entrevista debe ser registrada de manera escrita con firma de los
apoderados.
8.
Si la acción de agresión es reiterativa en el tiempo de cualquiera
de los estudiantes, el profesor Jefe, de asignatura o el Encargado de
Convivencia Escolar completara ficha de derivación y entregará el
caso a la dupla psicosocial, quiénes evaluarán la situación y
derivarán al o a los estudiantes según corresponda, a las redes de
apoyo como PRM, OPD, etc. Toda decisión u acuerdo debe quedar por
escrito en hoja de atención o en el libro de Convivencia Escolar. En
caso de derivación se deberá citar nuevamente al o a los apoderados
correspondientes y dejar registro escrito con firma de dicho tutor.
9.
En el caso de que un profesor jefe reciba muchas notificaciones de
agresiones verbales dentro de su curso, deberá informar al Encargado
de Convivencia Escolar para que en conjunto con el Equipo para la
Sana Convivencia, coordine un taller o charla, que refuerce las
habilidades sociales de los estudiantes así como también los
valores que sean necesarios.
-
Si la agresión es de carácter físico:
1.
El profesor Jefe o de Asignatura contiene la situación, separando a
los niños involucrados, en el caso que sea necesario, envía a un
alumno a buscar ayuda al inspector de patio o algún funcionario del
establecimiento. El profesor deja registro en el libro de clases e
informa al Encargado de Convivencia Escolar y al profesor Jefe en
caso que no fuere.
2.
El Encargado de Convivencia, entrevista a los alumnos involucrados
para comprender la situación. En el caso de que se necesiten
testigos se entrevistaran de igual manera dejando toda evidencia de
testimonio en el libro de Convivencia Escolar.
Según la gravedad de la
agresión, realiza un diálogo reflexivo para realizar mediación y
llegar a un acuerdo, si así fuere; ambos estudiantes deberán dejar
el acuerdo o compromiso escrito en el libro de convivencia escolar.
Si no se logra llegar a un acuerdo mutuo se aplicará una sanción
formativa para reforzar las habilidades sociales de ambos
estudiantes.
3.
El encargado de Convivencia Escolar cita a los padres para comunicar
la situación ocurrida y solicita colaboración para que dialogue con
su hijo, además señala el acuerdo al que han llegado sus hijos en
el caso que así fuere.
4.
Si no existe acuerdo entre los involucrados o si se rompe el acuerdo,
realizado entre los estudiantes se citará también a entrevista a
ambos apoderados. Se deberá dejar registro escrito del
incumplimiento de compromiso y de la entrevista con los tutores. Y en
el caso que sea necesario se aplicara medida disciplinaria de
suspensión por 5 días hábiles.
5.
Se realizará seguimiento el tiempo que se considere necesario en
caso de compromiso y se aplicara sanción formativa si se repite la
agresión, acto que también será acompañado a través de
seguimiento.
6.
Si la acción de agresión es reiterativa en el tiempo de cualquiera
de los estudiantes, el profesor Jefe, de asignatura o el Encargado de
Convivencia Escolar completara ficha de derivación y entregará el
caso a la dupla psicosocial, quiénes evaluarán la situación y
derivarán al o a los estudiantes según corresponda, a las redes de
apoyo como PRM, OPD, etc. Toda decisión u acuerdo debe quedar por
escrito en hoja de atención o en el libro de Convivencia Escolar. En
caso de derivación se deberá citar nuevamente al o a los apoderados
correspondientes y dejar registro escrito con firma de dicho tutor.
7.
Si los hechos constitutivos de agresión escolar constituyen un
delito penado por la ley, el Encargado de Convivencia Escolar junto
al equipo de apoyo presentarán el caso a Dirección que autorizará
para realizar una denuncia a la Fiscalía, a Policía de
Investigaciones, a Carabineros de Chile o a algún otro organismo de
seguridad pública, o bien si corresponde solicitar las medidas de
protección respectiva al Tribunal de Familia. Toda decisión u
acuerdo debe quedar por escrito en hoja de atención o en el libro de
Convivencia Escolar.
8.
En el caso de que un profesor jefe reciba muchas notificaciones de
agresiones físicas dentro de su curso, deberá informar al Encargado
de Convivencia Escolar para que en conjunto con el Equipo para la
Sana Convivencia, coordine un taller o charla, que refuerce las
habilidades sociales de los estudiantes así como también los
valores que sean necesarios.
Si
la agresión ocurriese fuera del Aula:
-
Si la agresión es de carácter verbal:
1.
El alumno o los alumnos afectados informan a cualquier funcionario
(adulto) del colegio (según donde ocurra el acto de agresión:
patio, pasillo, sala, baño) del establecimiento.
2.
El funcionario informa inmediatamente al Profesor Jefe o encargado de
Convivencia Escolar, quién tomará entrevista a los alumnos
involucrados para comprender la situación. Y también al funcionario
que informa lo ocurrido. En el caso de que se necesiten testigos se
entrevistaran de igual manera dejando toda evidencia de testimonio en
el libro de Convivencia Escolar.
3.
El profesor Jefe o Encargado de Convivencia Escolar, realiza un
diálogo reflexivo con los estudiantes involucrados, con el fin de
mediar y lograr un consenso entre ellos. Si los alumnos logran
disculparse y llegar a un compromiso, se deja registro escrito del
acuerdo.
4.
El Convivencia Escolar, en caso de que los alumnos lleguen a un
acuerdo informara a los apoderados vía telefónica y a través de
comunicación lo sucedido.
6.
Si alguno de los alumnos involucrados, no cumpliese con dicho
compromiso escrito, el encargado de convivencia deberá citar a
entrevista a ambos alumnos y aplicar una sanción formativa para el
o los estudiantes que hubieren roto dicho acuerdo. Dejando registro
escrito en hoja de atención o libro de convivencia.
7.
El Encargado de Convivencia deberá citar a los apoderados
correspondientes para informar dicha sanción y solicitar
colaboración para reforzar valores como el respeto, tolerancia,
compañerismo así como también sus habilidades sociales. Toda
entrevista debe ser registrada de manera escrita con firma de los
apoderados.
8.
Si la acción de agresión es reiterativa en el tiempo de cualquiera
de los estudiantes, el profesor Jefe, de asignatura o el Encargado de
Convivencia Escolar completara ficha de derivación y entregará el
caso a la dupla psicosocial, quiénes evaluarán la situación y
derivarán al o a los estudiantes según corresponda, a las redes de
apoyo como PRM, OPD, etc. Toda decisión u acuerdo debe quedar por
escrito en hoja de atención o en el libro de Convivencia Escolar. En
caso de derivación se deberá citar nuevamente al o a los apoderados
correspondientes y dejar registro escrito con firma de dicho tutor.
9.
En el caso de que un profesor jefe reciba muchas notificaciones de
agresiones verbales dentro de su curso, deberá informar al Encargado
de Convivencia Escolar para que en conjunto con el Equipo para la
Sana Convivencia, coordine un taller o charla, que refuerce las
habilidades sociales de los estudiantes así como también los
valores que sean necesarios.
-
Si la agresión es de carácter físico:
1.
La persona que observa la agresión contiene la situación, separando
a los niños involucrados, en el caso que sea necesario, envía a un
alumno a buscar ayuda al inspector de patio u a otro funcionario del
establecimiento. La persona que observa la agresión deja registro en
el libro de clases e informa al Encargado de Convivencia Escolar y al
profesor Jefe en caso que no fuere.
2.
El Encargado de Convivencia, entrevista a los alumnos involucrados
para comprender la situación. En el caso de que se necesiten
testigos se entrevistaran de igual manera dejando toda evidencia de
testimonio en el libro de Convivencia Escolar.
Según la gravedad de la
agresión, realiza un diálogo reflexivo para realizar mediación y
llegar a un acuerdo, si así fuere; ambos estudiantes deberán dejar
el acuerdo o compromiso escrito en el libro de convivencia escolar.
Si no se logra llegar a un acuerdo mutuo se aplicará una sanción
formativa para reforzar las habilidades sociales de ambos
estudiantes.
3.
El encargado de Convivencia Escolar cita a los padres para comunicar
la situación ocurrida y solicita colaboración para que dialogue con
su hijo, además señala el acuerdo al que han llegado sus hijos en
el caso que así fuere.
4.
Si no existe acuerdo entre los involucrados o si se rompe el acuerdo,
realizado entre los estudiantes se citará también a entrevista a
ambos apoderados. Se deberá dejar registro escrito del
incumplimiento de compromiso y de la entrevista con los tutores.
5.
En el caso que sea necesario se aplicara medida disciplinaria de
suspensión por 5 días hábiles.
6.
Se realizará seguimiento el tiempo que se considere necesario en
caso de compromiso y se aplicara sanción formativa si se repite la
agresión, acto que también será acompañado a través de
seguimiento.
7.
Si la acción de agresión es reiterativa en el tiempo de cualquiera
de los estudiantes, el profesor Jefe, de asignatura o el Encargado de
Convivencia Escolar completara ficha de derivación y entregará el
caso a la dupla psicosocial, quiénes evaluarán la situación y
derivarán al o a los estudiantes según corresponda, a las redes de
apoyo como PRM, OPD, etc. Toda decisión u acuerdo debe quedar por
escrito en hoja de atención o en el libro de Convivencia Escolar. En
caso de derivación se deberá citar nuevamente al o a los apoderados
correspondientes y dejar registro escrito con firma de dicho tutor.
8.
Si los hechos constitutivos de agresión escolar constituyen un
delito penado por la ley, el Encargado de Convivencia Escolar junto
al equipo de apoyo presentarán el caso a Dirección que autorizará
para realizar una denuncia a la Fiscalía, a Policía de
Investigaciones, a Carabineros de Chile o a algún otro organismo de
seguridad pública, o bien si corresponde solicitar las medidas de
protección respectiva al Tribunal de Familia. Toda decisión u
acuerdo debe quedar por escrito en hoja de atención o en el libro de
Convivencia Escolar.
9.
En el caso de que un profesor jefe reciba muchas notificaciones de
agresiones físicas dentro de su curso, deberá informar al Encargado
de Convivencia Escolar para que en conjunto con el Equipo para la
Sana Convivencia, coordine un taller o charla, que refuerce las
habilidades sociales de los estudiantes así como también los
valores que sean necesarios.
II.-
PROCEDIMIENTO PARA AGRESIÓN ENTRE ESTUDIANTES DE SÉPTIMO A CUARTO
MEDIO:
Si
la agresión ocurriese dentro del Aula:
-
Si la agresión es de carácter verbal:
1. El profesor que detecte
dicha agresión deberá contener a los alumnos involucrados y dejar
el registro en la hoja de vida de los estudiantes.
2.
Luego deberá citarlos a entrevista para realizar diálogo reflexivo
con ambos y mediar para que los alumnos puedan llegar a un consenso.
3.
El profesor que detecta la situación, cita a los padres para
comunicar lo ocurrido y solicita colaboración para que dialogue con
su hijo, además señala el acuerdo al que han llegado sus hijos en
el caso que así fuere.
4.
Si no existe acuerdo entre los involucrados se deberá aplicar
sanción formativa por parte del profesor el cuál deberá informar
al Encargado de Convivencia.
5.
Si se rompe el acuerdo, realizado entre los estudiantes se citará
también a entrevista a ambos apoderados. Se deberá dejar registro
escrito del incumplimiento de compromiso y de la entrevista con los
tutores. Y en el caso que sea necesario se aplicara medida
disciplinaria de suspensión por 5 días hábiles.
6.
Se realizará seguimiento el tiempo que se considere necesario en
caso de compromiso y se aplicara sanción formativa si se repite la
agresión, acto que también será acompañado a través de
seguimiento.
5.
Si la acción de agresión verbal, es reiterativa en el tiempo de
cualquiera de los estudiantes, el profesor Jefe, de asignatura o el
Encargado de Convivencia Escolar completara ficha de derivación y
entregará el caso a la dupla psicosocial, quiénes evaluarán la
situación y derivarán al o a los estudiantes según corresponda, a
las redes de apoyo como PRM, OPD, etc. Toda decisión u acuerdo debe
quedar por escrito en hoja de atención o en el libro de Convivencia
Escolar. En caso de derivación se deberá citar nuevamente al o a
los apoderados correspondientes y dejar registro escrito con firma de
dicho tutor.
6.
En el caso de que un profesor jefe reciba muchas notificaciones de
agresiones físicas dentro de su curso, deberá informar al Encargado
de Convivencia Escolar para que en conjunto con el Equipo para la
Sana Convivencia, coordine un taller o charla, que refuerce las
habilidades sociales de los estudiantes así como también los
valores que sean necesarios.
-
Si la agresión es de carácter físico:
1.
El profesor Jefe o de Asignatura contiene la situación, separando a
los jóvenes involucrados, en el caso que sea necesario, envía a un
alumno a buscar ayuda al inspector de patio o algún funcionario del
establecimiento. El profesor deja registro en el libro de clases e
informa al Encargado de Convivencia Escolar y al profesor Jefe en
caso que no fuere.
2.
El Encargado de Convivencia, entrevista a los alumnos involucrados
para comprender la situación. En el caso de que se necesiten
testigos se entrevistaran de igual manera dejando toda evidencia de
testimonio en el libro de Convivencia Escolar.
Según la gravedad de la
agresión, realiza un diálogo reflexivo para realizar mediación y
llegar a un acuerdo, si así fuere; ambos estudiantes deberán dejar
el acuerdo o compromiso escrito en el libro de convivencia escolar. Y
además se aplicará sanción formativa o reparatoria para todos los
involucrados.
3.
El encargado de Convivencia Escolar cita a los padres para comunicar
la situación ocurrida y solicita colaboración para que dialogue con
su hijo, además señala el acuerdo al que han llegado, en el caso
que así fuere y también la medida reparatoria o formativa que
deberán cumplir.
4.
Se realizara seguimiento el tiempo que sea necesario para velar por
el cumplimiento de lo anteriormente señalado.
5.
En el caso que sea necesario se aplicara medida disciplinaria de
suspensión por 5 días hábiles.
6.
Si existe incumplimiento de cualquiera de los actos del punto N°2,
se citará también a entrevista a ambos apoderados. Se deberá dejar
registro escrito del incumplimiento de compromiso o sanciones
formativas y de la entrevista con los tutores.
7.
Si la acción de agresión es ocurriese por segunda vez o
reiterativamente en el tiempo de cualquiera de los estudiantes, el
profesor Jefe, de asignatura o el Encargado de Convivencia Escolar
completara ficha de derivación y entregará el caso a la dupla
psicosocial, quiénes evaluarán la situación y derivarán al o a
los estudiantes según corresponda, a las redes de apoyo como PRM,
OPD, etc. Toda decisión u acuerdo debe quedar por escrito en hoja de
atención o en el libro de Convivencia Escolar. En caso de derivación
se deberá citar nuevamente al o a los apoderados correspondientes y
dejar registro escrito con firma de dicho tutor.
8.
Si los hechos constitutivos de agresión escolar constituyen un
delito penado por la ley, el Encargado de Convivencia Escolar junto
al equipo de apoyo presentarán el caso a Dirección que autorizará
para realizar una denuncia a la Fiscalía, a Policía de
Investigaciones, a Carabineros de Chile o a algún otro organismo de
seguridad pública, o bien si corresponde solicitar las medidas de
protección respectiva al Tribunal de Familia. Toda decisión u
acuerdo debe quedar por escrito en hoja de atención o en el libro de
Convivencia Escolar.
9.
En el caso de que un profesor jefe reciba muchas notificaciones de
agresiones físicas dentro de su curso, deberá informar al Encargado
de Convivencia Escolar para que en conjunto con el Equipo para la
Sana Convivencia, coordine un taller o charla, que refuerce las
habilidades sociales de los estudiantes así como también los
valores que sean necesarios.
Si
la agresión ocurriese fuera del Aula:
-
Si la agresión es de carácter verbal:
1.
El alumno o los alumnos afectados informan a cualquier funcionario
(adulto) del colegio (según donde ocurra el acto de agresión:
patio, pasillo, sala, baño) del establecimiento.
2.
El funcionario informa inmediatamente al Profesor Jefe o encargado de
Convivencia Escolar, quién tomará entrevista a los alumnos
involucrados para comprender la situación. Y también al funcionario
que informa lo ocurrido. En el caso de que se necesiten testigos se
entrevistaran de igual manera dejando toda evidencia de testimonio en
el libro de Convivencia Escolar.
3.
El profesor Jefe o Encargado de Convivencia Escolar, realiza un
diálogo reflexivo con los estudiantes involucrados, con el fin de
mediar y lograr un consenso entre ellos. Si los alumnos logran
disculparse y llegar a un compromiso, se deja registro escrito del
acuerdo y se realiza seguimiento el tiempo que sea necesario para
comprobar el cumplimiento de dicho acuerdo.
4.
El profesor Jefe o Encargado de Convivencia Escolar, en caso de que
los alumnos lleguen a un acuerdo informara a los apoderados
citándolos a entrevista.
5.
En caso de incumplimiento de dicho acuerdo se aplicará sanción
formativa a los estudiantes y nuevamente se citará al apoderado para
comunicar la situación.
6.
Si la agresión verbal es reiterativa, el profesor Jefe deberá
realizar derivación de caso al Encargado de Convivencia Escolar
quién llevará el caso al Equipo de Convivencia.
7.
En el caso que sea necesario la Dupla psicosocial realizará
derivación a redes como OPD.
-
Si la agresión es de carácter físico:
1.
Los testigos de la agresión física, ya sea alumno o funcionario del
establecimiento (Profesor, Asistente de la Educación, etc.) da aviso
inmediatamente al Encargado de Convivencia Escolar, a la dupla
psicosocial o al Inspector de Patio.
2.
El Encargado de Convivencia o cualquiera de los funcionarios que
recibe la denuncia, entrevista a los alumnos involucrados para
comprender la situación. En el caso de que se necesiten testigos se
entrevistaran de igual manera dejando toda evidencia de testimonio en
el libro de Convivencia Escolar.
Según la gravedad de la
agresión, se debe realizar un diálogo reflexivo para llegar a una
mediación y lograr un mutuo acuerdo, si así fuere; ambos
estudiantes deberán dejar el acuerdo o compromiso escrito en el
libro de convivencia escolar. Y además se aplicará sanción
formativa o reparatoria para todos los involucrados.
3.
El encargado de Convivencia Escolar, cita a los padres para
comunicar la situación ocurrida y solicita colaboración para que
dialogue con su hijo, además señala el acuerdo al que han llegado,
en el caso que así fuere y también la medida reparatoria o
formativa que deberán cumplir.
4.
Se realizara seguimiento el tiempo que sea necesario para velar por
el cumplimiento de lo anteriormente señalado.
5.
Si existe incumplimiento de cualquiera de los actos del punto N°2,
se citará también a entrevista a ambos apoderados. Se deberá dejar
registro escrito del incumplimiento de compromiso o sanciones
formativas y de la entrevista con los tutores.
6.
En el caso que sea necesario se aplicara medida disciplinaria de
suspensión por 5 días hábiles.
7.
Si la acción de agresión es ocurriese por segunda vez o
reiterativamente en el tiempo de cualquiera de los estudiantes, el
profesor Jefe, de asignatura o el Encargado de Convivencia Escolar
completara ficha de derivación y entregará el caso a la dupla
psicosocial, quiénes evaluarán la situación y derivarán al o a
los estudiantes según corresponda, a las redes de apoyo como PRM,
OPD, etc. Toda decisión u acuerdo debe quedar por escrito en hoja de
atención o en el libro de Convivencia Escolar. En caso de derivación
se deberá citar nuevamente al o a los apoderados correspondientes y
dejar registro escrito con firma de dicho tutor.
8.
Si los hechos constitutivos de agresión escolar constituyen un
delito penado por la ley, el Encargado de Convivencia Escolar junto
al equipo de apoyo presentarán el caso a Dirección que autorizará
para realizar una denuncia a la Fiscalía, a Policía de
Investigaciones, a Carabineros de Chile o a algún otro organismo de
seguridad pública, o bien si corresponde solicitar las medidas de
protección respectiva al Tribunal de Familia. Toda decisión u
acuerdo debe quedar por escrito en hoja de atención o en el libro de
Convivencia Escolar.
9.
En el caso de que un profesor jefe reciba muchas notificaciones de
agresiones físicas dentro de su curso, deberá informar al Encargado
de Convivencia Escolar para que en conjunto con el Equipo para la
Sana Convivencia, coordine un taller o charla, que refuerce las
habilidades sociales de los estudiantes así como también los
valores que sean necesarios.
III.-PROCEDIMIENTO
PARA AGRESIÓN DE UN ADULTO (DIRECTIVO, PROFESOR, AUXILIAR,
ADMINISTRATIVO, O APODERADO) HACIA UN ESTUDIANTE:
1.
El-la alumno-a agredido-a deberá informar a la brevedad a su
Profesor Jefe, al Inspector, al Psicólogo o al Encargado de
Convivencia Escolar. De esta situación deberá quedar constancia
formal, por medio de documento escrito con firma del estudiante. Si
quién recibe la denuncia en primera instancia no es el encargado de
Convivencia Escolar, el funcionario que recepciona la información,
deberá informar inmediatamente el hecho, con el registro de
entrevista escrita que obtuvo del alumno, al encargado de Convivencia
Escolar.
2.
Si el agresor es un adulto apoderado-a del Colegio, se le citará a
entrevista con el Encargado de Convivencia Escolar y la Psicóloga
del Establecimiento dejando registro escrito en hoja de atención o
el libro de Convivencia; y se le solicitará remediar formativamente
el hecho por medio de una disculpa dirigida al alumno-a afectado-a en
presencia del padre, madre o apoderado de éste-a, por vía formal
escrita y teniendo como ministro de fe al Director-a, quedando debida
constancia escrita. Si el apoderado se negase a realizar este acto
formativo se le cancelara su condición de apoderado.
3.
Si el denunciado fuere un docente, directivo o asistente de la
educación, u otro funcionario del Colegio, como auxiliar o
administrativo, se citara a entrevista por el Encargado de
Convivencia y la Psicóloga del establecimiento, dejando registro
escrito; y se solicitará dar las disculpas correspondientes al
alumno-a y a la familia de éste, por vía formal escrita, y teniendo
como ministro de fe al Director-a. El funcionario denunciado deberá
firmar además, un documento de toma de conciencia ante el
Director-a, Encargado de Convivencia y Equipo de Apoyo a la Sana
Convivencia. En caso de negarse el docente, asistente de la
educación, directivo, auxiliar, administrativo u otro funcionario
del Colegio, a dar las disculpas al alumno-a afectado-a, la actitud
del actor del Colegio denunciado será puesta en conocimiento a los
Sostenedores.
4. Si el hecho antes descrito
se repite por parte del mismo adulto integrante de la comunidad
educativa hacia el mismo alumno-a u otro-a distinto-a, además de
seguirse el procedimiento antes señalado, se dejará el registro del
hecho escrito se le comunicara a el Director-a, quien informará a
los Sostenedores, los que definirán si corresponde una medida
interna mayor (por ejemplo la desvinculación) o una denuncia a la
Fiscalía, a Policía de Investigaciones, a Carabineros de Chile o a
algún otro organismo de seguridad pública (en caso de agresiones
graves).
5.
En el caso de
verificarse agresión física
hacia un alumno-a por parte de un adulto, apoderado-a integrante de
la comunidad educativa, previo cumplimiento de los pasos anteriores
de este protocolo, el hecho será puesto inmediatamente en
conocimiento de Dirección y los Sostenedores, quienes procederán a
denunciar a Fiscalía, a Policía de Investigaciones, a Carabineros
de Chile o a algún otro organismo de seguridad pública. Si el
denunciado fuera docente, director, asistente de la educación,
auxiliar, administrativo u otro funcionario del Colegio, el hecho
será informado inmediatamente a Dirección, la que después de
denunciar el hecho a la Fiscalía, a Policía de Investigaciones, a
Carabineros de Chile, o a algún organismo de seguridad pública,
procederá a tomar las medidas administrativas necesarias, como la
desvinculación del Establecimiento.
IV.-
PROTOCOLO FRENTE A AGRESIÓN DE ALUMNO(A) A APODERADOS, DOCENTES,
ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN, DIRECTIVOS Y OTROS FUNCIONARIOS DEL
COLEGIO:
1.
El adulto agredido deberá informar a la brevedad al Director-a y
Encargado de Convivencia Escolar lo ocurrido con el alumno-a
denunciado-a. De esta situación deberá quedar constancia expresa y
formal, por medio de documento escrito, en el cual se detalle
claramente el o los hechos denunciados que explican claramente el
tipo de agresión, quién específicamente la ejecutó, la fecha, la
hora, el lugar o dependencia colegial en que ocurrió y la
identificación y el nexo con el Colegio del o la denunciante.
2. En el evento de verificar la
existencia de una agresión verbal por parte de un alumno-a, el
Encargado de Convivencia en conjunto con la psicóloga procederán a
conversar con el alumno-a denunciado-a. Se le exigirá a éste en
presencia de su apoderado, remediar formativamente el hecho por medio
de una disculpa dirigida al apoderado-a, docente, director, asistente
de la educación, auxiliar, administrativo u otro funcionario del
Colegio agredido-a, por vía formal escrita y teniendo como ministro
de fe al Director-a, y a su apoderado, quedando además constancia
escrita de dicho acto. El Colegio, debido a la gravedad del hecho y
en concordancia con el Manual de Convivencia Escolar vigente,
condicionará la matrícula del alumno-a denunciado-a.
3.-
El alumno, además de presentar dicha disculpa, deberá realizar una
sanción de carácter formativo dentro del establecimiento, durante
el tiempo que se estime conveniente, bajo seguimiento de los
funcionarios que se determinen según sea el caso. Este acuerdo debe
quedar registrado de manera escrita. Además será derivado y
evaluado por el Equipo de Apoyo a la Sana Convivencia realizando la
derivación según corresponda a alguna red de apoyo como PRM, OPD,
etc.
3.
Si el hecho antes descrito se repite hacia el mismo apoderado-a,
docente, director, asistente de la educación, auxiliar,
administrativo u otro-a distinto-a, por parte del mismo alumno-a,
además de seguirse el procedimiento señalado, el Colegio procederá
a la cancelación de la matrícula del alumno-a denunciado.
4.
En el caso de
verificarse agresión física
por parte de un alumno-a a un apoderado-a, docente, asistente de la
educación, director, auxiliar, administrativo u otro funcionario del
Colegio, después de seguirse el procedimiento señalado en el
presente Protocolo, el hecho será puesto inmediatamente en
conocimiento de Los Sostenedores y del Consejo de Profesores. Los
Sostenedores en conjunto con Dgirección, debido a la agresión
física y en base a la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil,
definirán si corresponde realizar denuncia a la Fiscalía, a Policía
de Investigaciones, a Carabineros de Chile o a algún otro organismo
de seguridad Pública. Indistintamente lo anteriormente descrito, el
Colegio procederá a la cancelación de la matrícula del alumno-a
denunciado, al ser una falta gravísima.
V.-
PROCEDIMIENTO ANTE AGRESIÓN DE APODERADO A DOCENTE, ASISTENTE DE LA
EDUCACIÓN, DIRECTIVO U OTROS FUNCIONARIOS DEL COLEGIO:
1.
En caso de existir agresiones verbales o físicas ejecutadas por
cualquier medio por parte de un padre, madre o apoderado-a del
Colegio, hacia un-a un docente, asistente de la educación o
directivo, el funcionario afectado-a deberá informar a la brevedad a
su Director-a y Encargado de Convivencia Escolar. De esta situación
deberá quedar constancia expresa y formal, por medio de documento
escrito, en el cual se detalle claramente el o los hechos denunciados
que explican claramente el tipo de agresión, quién específicamente
la ejecutó, la fecha, la hora, el lugar o dependencia colegial en
que ocurrió y la identificación y el nexo con el Colegio del o la
denunciante.
2.
Si fuese necesario, el Encargado de Convivencia Escolar, realizará
entrevistas a terceros en calidad de testigos con el fin de
esclarecer y corroborar dicha denuncia.
3.
De verificarse una agresión verbal, el Director-a junto al Encargado
de Convivencia Escolar y Psicólogo-a, procederá a conversar con el
padre, madre o apoderado-a denunciado-a. Se le solicitará a éste,
remediar formativamente el hecho por medio de una disculpa dirigida
al docente, asistente de la educación, directivo, administrativo-a u
otro funcionario-a del Colegio agredido-a, siempre por vía formal
escrita y teniendo como ministro de fe al Director-a y al Equipo para
la Sana Convivencia. De no cumplirse la solicitud anterior, el
Director-a, informará a Los Sostenedores, al Consejo Directivo y al
Consejo Escolar.
La
actitud de reincidir el padre, madre o apoderado-a denunciado en el
actuar descrito en el presente artículo, contra el mismo u otro
docente, asistente de la educación o director, administrativo o
funcionario de Colegio, dará lugar en primera instancia a perder su
calidad de apoderado y en caso de no acatar dicha norma, al cese de
la prestación de servicios educacionales por parte del Colegio a la
familia del denunciado, una vez concluido el año escolar en curso.
4.
En el caso de verificarse agresión física por parte de un-a padre,
madre o apoderado-a del Colegio, hacia un-a un profesor, asistente de
la educación, directivo, administrativo-a u otro funcionario-a del
Colegio, el hecho será puesto inmediatamente en conocimiento de
Dirección, quién denunciará a la Fiscalía, a Policía de
Investigaciones, a Carabineros de Chile o a algún otro organismo de
seguridad pública, la correspondiente agresión física. Lo descrito
en el presente artículo dará lugar al cese de la prestación de
servicios educacionales por parte del Colegio a la familia del padre,
madre o apoderado-a denunciado.
VI.-
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE AGRESIÓN DE DOCENTE,
ASISTENTE DE LA EDUCACIÓN, DIRECTIVO U OTRO FUNCIONARIO DEL COLEGIO
A APODERADO(A):
1.
En caso de existir agresiones verbales o físicas ejecutadas por
funcionarios del Colegio, como es el caso de docentes, asistentes de
la educación y directivos, administrativos y auxiliares u otros
hacia un padre, madre o apoderado-a, El Director en conjunto con la
Encargada de Convivencia Escolar y la Psicóloga del Establecimiento
procederán a tomar entrevista escrita a ambos adultos por separado.
El registro deberá explicar claramente el tipo de agresión, quién
específicamente la ejecutó, la fecha, la hora, el lugar o
dependencia colegial en que ocurrió y la identificación y el nexo
con el Colegio del o la denunciante. Ambas entrevistas deben quedar
con registro formal escrito en hoja de atención o libro de
Convivencia.
2.-
Si fuese necesario, el Encargado de Convivencia Escolar, realizará
entrevistas a terceros en calidad de testigos con el fin de
esclarecer y corroborar dicha denuncia.
3.
En el caso de verificarse una agresión verbal por parte de un
funcionario, docente, asistente de la educación, directivo,
administrador, auxiliar u otro, a un padre, madre o apoderado-a del
Colegio, el Director junto con el Encargado de Convivencia Escolar y
Psicólogo-a solicitarán al funcionario denunciado remediar
formativamente el hecho por medio de una disculpa dirigida al padre,
madre o apoderado-a agredido-a siempre por vía formal escrita y
teniendo como ministro de fe al Director-a del Establecimiento. De no
cumplirse la solicitud anterior, el hecho será puesto en
conocimiento de Los Sostenedores. El funcionario-a agresor deberá
firmar además, un documento de toma de conciencia ante el Director-a
quien luego procederá a informar a al Consejo Escolar. En el caso de
reincidencia de la actitud por parte del funcionario denunciado hacia
el mismo u otro apoderado-a del Colegio, el hecho ameritará por sí
mismo la desvinculación del funcionario, docente o asistente de la
educación denunciado-a.
4.
En el caso de verificarse agresión física por parte de un
funcionario del Colegio, docente, asistente de la educación,
directivo, administrativo, auxiliar u otro, a un padre, madre o
apoderado-a del Colegio, el hecho será puesto inmediatamente en
conocimiento de Dirección y Los Sostenedores, quiénes procederán a
denunciar la agresión física a la Fiscalía, a Policía de
Investigaciones, a Carabineros de Chile, o a algún otro organismo de
seguridad pública. Lo descrito en el presente artículo ameritará
la desvinculación del funcionario, docente, asistente de la
educación, administrativo o auxiliar denunciado-a. En caso de que el
apoderado-a antes de dirigirse al establecimiento realice denuncia
externa en los organismos competentes, el Colegio deberá colaborar
con dicha investigación.
VII.-
PROCEDIMIENTO ANTE AGRESIÓN ENTRE DOCENTES, ASISTENTES DE LA
EDUCACIÓN, DIRECTIVOS Y OTROS FUNCIONARIOS DEL COLEGIO:
1.
Las posibles agresiones verbales o físicas ejecutadas entre
funcionarios del Colegio, como es el caso de docentes, asistentes de
la educación, directivos, administrativos, auxiliares u otros, serán
investigadas por el Encargado de Convivencia Escolar en conjunto con
el Psicólogo-a del Establecimiento, quiénes dejarán constancia
expresa y formal, por medio de una hoja de Atención o en el Libro
de Convivencia Escolar, en el cual se detalle claramente el o los
hechos denunciados que explican claramente el tipo de agresión,
quién específicamente la ejecutó, la fecha, la hora, el lugar o
dependencia colegial en que ocurrió y la identificación y el nexo
con el Colegio del o la denunciante.
2.
Una vez verificada la agresión verbal emitida por un funcionario-a
del colegio a su compañero-a de trabajo, el Encargado de Convivencia
Escolar citará al denunciado para disculparse con el compañero-a
agredido siempre por vía formal escrita y teniendo como ministro de
fe al Director-a. De no cumplirse la solicitud anterior, el hecho
será puesto en conocimiento de Los Sostenedores. El funcionario-a
agresor deberá firmar además, un documento de toma de conciencia
ante el Director-a. Además de la amonestación por escrito, el hecho
dará lugar a notificar a la Inspección del Trabajo por constituir
una falta grave al Reglamento Interno del Colegio. Si el funcionario
agresor reincide en su acción hacia el mismo u otro compañero-a de
trabajo, el Director-a procederá a informar a Los Sostenedores y al
Consejo Escolar. El hecho ameritará por sí mismo la desvinculación
del docente, directivo, asistente de la educación, auxiliar,
administrativo u otro funcionario de Colegio denunciado-a.
3.
En el caso de verificarse agresión física por parte de un docente,
asistente de la educación, directivo, auxiliar, administrativo u
otro funcionario del Colegio hacia otro compañero-a de trabajo, el
hecho será puesto inmediatamente en conocimiento de Dirección. El
Director-a denunciará la agresión a la Fiscalía, a Policía de
Investigaciones, a Carabineros de Chile o a algún otro organismo de
seguridad pública. Lo descrito en el presente artículo amerita
inmediatamente la desvinculación del docente, asistente de la
educación, auxiliar, administrativo u otro trabajador del Colegio
denunciado.
4.
Las acciones probadas, reiteradas y amonestadas por situaciones de
conflicto, acoso, hostigamiento o agresión entre funcionarios del
Colegio o de éstos hacia otros actores de la Comunidad Educativa,
además de las actitudes negativas a resarcir las posibles
consecuencias no deseadas resultantes de estos hechos, podrán ser
una causal válida de despido del funcionario-a denunciado.
VIII.-
PROCEDIMIENTO ANTE LA AGRESIÓN ENTRE APODERADOS:
1.-
Si ocurriese dentro del Establecimiento: Se citará a entrevista a
ambos apoderados –as por parte de Dirección, Encargado de
Convivencia Escolar y Psicólogo-a del Colegio, dejando de manera
expresa y formal registro escrito de ambas entrevistas.
2.-
Si la agresión es de carácter verbal, se realizará citación para
realizar diálogo reflexivo por separado con los involucrados, guiado
por Dirección y el Equipo para la Sana Convivencia. Además ambos
apoderados deberán dejar registro escrito, comprometiéndose a no
incurrir en la falta; quedando su calidad de apoderado, sujeta a
anulación en caso de repetir dicho acto.
3.-
Si la agresión es de carácter físico, se realizará citación a
entrevista a los involucrados para tomar declaración y se dejará
registro formal escrito de la situación. Además El Director-a
denunciará la agresión a la Fiscalía, a Policía de
Investigaciones, a Carabineros de Chile o a algún otro organismo de
seguridad pública. Lo descrito en el presente artículo amerita
inmediatamente la pérdida de calidad de apoderado de los padres o
tutores involucrados.
5.
Lo expuesto en el presente Protocolo, no impide al Director-a del
Colegio, en cualquier instancia, entrevistarse con cualquier
alumno-a, apoderado-a, familia, directivo, docente, asistente de la
educación, administrativo, auxiliar u otro funcionario del Colegio,
contra el que se presente una denuncia por conflicto, acoso,
hostigamiento o agresión o que esté relacionado con estos hechos.
6.
Todo actor de la Comunidad Educativa que haya sido sancionado en
cualquier instancia conforme al presente Protocolo, tendrá la
posibilidad de apelar a Dirección dentro de un plazo día hábil no
mayor a 48 horas, contadas desde la comunicación formal de la
sanción. La apelación debe ser presentada formalmente en un
documento por escrito y debe ser entregada en sobre cerrado a
Secretaría. El documento de apelación, debe claramente contener
además de la fecha de presentación e identificación y firma del
actor sancionado de la Comunidad Educativa, la exposición de razones
y fundamentos que puedan originar, entre otras, la posibilidad de
nuevas consideraciones a tomar en cuenta en el caso. El Director-a en
conjunto con el Equipo para la Sana Convivencia, tendrá la
responsabilidad de analizar y resolver si da o no a lugar a la
apelación presentada por el actor de la Comunidad Educativa
interesado, en un plazo día hábil no mayor a 48 horas. Esta será
también respondida formalmente por medio escrito, dirigida
específicamente al actor de la Comunidad Educativa que corresponda.